Servicios de tráfico marítimo
Los servicios de tráfico marítimo (VTS) son sistemas en
tierra que van desde el suministro de simples mensajes de información a los
barcos, como la posición de otro tráfico o avisos de peligros meteorológicos,
hasta la gestión exhaustiva del tráfico dentro de un puerto o vía fluvial.
Generalmente, los barcos que entran en una zona del VTS
informan a las autoridades, normalmente por radio, y pueden ser rastreados por
el centro de control del VTS.
Los buques deben mantener vigilancia con una frecuencia
específica para recibir avisos de navegación o de otro tipo, mientras que el
operador del VTS puede contactarlos directamente si existe riesgo de incidente
o, en áreas donde el flujo de tráfico está regulado, para recibir consejos
sobre cuándo proceder.
La regla V/12 del Convenio SOLAS - Servicios de tráfico
marítimo establece que los gobiernos pueden establecer VTS cuando, en su
opinión, el volumen de tráfico o el grado de riesgo justifique dichos
servicios.
El
desarrollo de VTS
Tradicionalmente, el capitán de un barco ha sido responsable
del rumbo y la velocidad del barco, asistido por un práctico cuando era
necesario. Los barcos que se acercaban a un puerto anunciaban su llegada
mediante señales de bandera.
Con el desarrollo de la radio a finales del siglo XIX, el
contacto por radio se volvió más importante. Pero el desarrollo del radar
durante la Segunda Guerra Mundial hizo posible monitorear y rastrear con
precisión el tráfico marítimo.
El primer radar de vigilancia portuaria del mundo se
inauguró en Liverpool, Reino Unido, en julio de 1948; y en marzo de 1950, se
estableció un sistema de vigilancia por radar en Long Beach, California,
Estados Unidos, el primer sistema de este tipo en el país. La capacidad de la
autoridad costera para realizar un seguimiento del tráfico marítimo mediante
radar, combinada con la posibilidad de transmitir mensajes relativos a la
navegación a esos barcos por radio, constituyó, por tanto, los primeros sistemas
VTS formales.
El valor del VTS en la seguridad de la navegación fue
reconocido por primera vez por la OMI en la resolución A.158(ES.IV),
Recomendación sobre sistemas de asesoramiento portuario adoptada en 1968, pero
a medida que la tecnología avanzó y el equipo para rastrear y monitorear el
tráfico marítimo se volvió más sofisticado, Estaba claro que se necesitaban
directrices para estandarizar los procedimientos en la creación de VTS. En
particular, se hizo evidente que era necesario aclarar cuándo podría establecerse
un VTS y disipar los temores en algunos sectores de que un VTS pudiera afectar
la responsabilidad del capitán del buque en cuanto a su navegación.
Como resultado, en 1985, la OMI adoptó la resolución
A.578(14) - Directrices para los servicios de tráfico marítimo, que decía que
el VTS era particularmente apropiado en los accesos y canales de acceso de un
puerto y en áreas con alta densidad de tráfico, movimientos de sustancias
nocivas o cargas peligrosas, dificultades de navegación, canales estrechos o
sensibilidad ambiental. Las Directrices también dejaban claro que las
decisiones relativas a la navegación y maniobra efectivas del buque correspondían
al capitán del buque. Las Directrices también destacaron la importancia del
practicaje en un VTS y de los procedimientos de notificación para los buques
que pasan por una zona donde opera un VTS.
Posteriormente, en 1997, las Directrices fueron reemplazadas
por la resolución A.857(20), que también incluía Directrices sobre
contratación, cualificación y formación de operadores de VTS.
Directrices
revisadas
En 2020, el Subcomité de Navegación, Comunicaciones y
Búsqueda y Salvamento (NCSR), en su séptima sesión, revisó y actualizó las
Directrices VTS, que fueron adoptadas posteriormente mediante la resolución
A.1158(32) en 2021. Las Directrices revisadas fueron sustancialmente
actualizado teniendo en cuenta diversos avances organizativos, operativos y
tecnológicos que habían tenido lugar desde 1997.
VTS y SOLAS
Los servicios de tráfico marítimo no se mencionan
específicamente en el Convenio internacional para la seguridad de la vida
humana en el mar (SOLAS) de 1974, pero en junio de 1997 el Comité de Seguridad
Marítima adoptó una nueva reglamentación del capítulo V (Seguridad de la
navegación), que establece cuándo los VTS pueden ser implementado.
En diciembre de 2000 se adoptó un capítulo V revisado del
Convenio SOLAS sobre "Seguridad de la navegación", que entró en vigor
el 1 de julio de 2002. La regla 12, Servicios de tráfico marítimo establece:
Los servicios de tráfico marítimo (VTS) contribuyen a la
seguridad de la vida en el mar, la seguridad y eficiencia de la navegación y la
protección del medio marino, las zonas costeras adyacentes, los lugares de
trabajo y las instalaciones marinas frente a posibles efectos adversos del
tráfico marítimo.
Los Gobiernos Contratantes se comprometen a disponer el
establecimiento de STM cuando, en su opinión, el volumen de tráfico o el grado
de riesgo justifique dichos servicios.
Los Gobiernos Contratantes que planifiquen y ejecuten VTS
seguirán, siempre que sea posible, las directrices elaboradas por la
Organización. El uso del VTS sólo podrá ser obligatorio en zonas marítimas
dentro de los mares territoriales de un Estado ribereño.
Los Gobiernos Contratantes se esforzarán por garantizar la
participación y el cumplimiento de las disposiciones de los servicios de
tráfico marítimo por parte de los buques autorizados a enarbolar su pabellón.
Nada de lo dispuesto en el presente artículo ni en las
directrices adoptadas por la Organización perjudicará los derechos y deberes de
los gobiernos en virtud del derecho internacional o los regímenes jurídicos de
los estrechos utilizados para la navegación internacional y las rutas marítimas
archipelágicas. Directrices revisadas
Papel de la AIAL
La Asociación Internacional de Autoridades de Faros y Ayudas
a la Navegación Marítima (IALA) produce una gama de normas y recomendaciones
asociadas, directrices y cursos modelo específicamente relacionados con el
establecimiento y operación de VTS para contribuir a lograr la armonización
mundial de VTS.
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